AGENCIA MANACORNOTICIAS 05/02/2019 - 08:42:31 |
El Ayuntamiento de Sant Llorenç ha de efectuar el pago de las obligaciones económicas derivadas de la contratación contra la presentación de los certificados de obras correspondientes. |
Convenio entre el Servicio de Salud de las Islas Baleares y el Ayuntamiento de Sant Llorenç des Cardassar para la redacción del proyecto, la dirección de obra y la ejecución de las obras de construcción de un centro sanitario en Sant Llorenç des Cardassar. En presencia de Patricia Juana Gómez i Picard, consejera de Salud del Gobierno de las Islas Baleares. Partes. Julio Miguel Fuster Culebras, director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares, en nombre y representación de este ente en virtud del Decreto 54/2015, de 3 de julio.
Por el que se nombran los altos cargos y directores generales de la Presidencia y de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 98/2015, de 3 de julio), y del apartado b del artículo 12 del Decreto 39/2006, de 21 de abril, por el que se aprueban los Estatutos del ente público Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB n.º 62/2006, de 29 de abril). Mateu Puigròs Sureda, alcalde de Sant Llorenç des Cardassar en virtud del Acuerdo del Pleno de 13 de junio de 2015 y de conformidad con el artículo 21.1.b de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local.
Cláusulas......................................
1. El Servicio de Salud encomienda al Ayuntamiento de Sant Llorenç la redacción del proyecto, la dirección de obra y la ejecución de las obras de construcción de un centro sanitario en el municipio de Sant Llorenç. Por su parte, el Ayuntamiento de Sant Llorenç manifiesta firmando este convenio que acepta en todos sus términos y condiciones la encomienda de gestión, que supone actuar según la normativa aplicable en materia de contratos del sector público, con las particularidades siguientes:
Las obras deben llevarse a cabo de acuerdo con los términos del proyecto de obras que redacte la empresa adjudicataria, pero debe ser supervisado previamente por la Subdirección de Infraestructuras y Servicios Generales, que además tiene que extender la correspondiente acta de viabilidad, y posteriormente debe ser aprobado por el Ayuntamiento de Sant Llorenç antes de que se ejecuten las obras. En cualquier caso, el proyecto debe ajustarse al pliego de prescripciones técnicas redactado por el Servicio de Salud.
En la mesa de contratación debe figurar como miembro un representante del Servicio de Salud designado al efecto una vez que el Ayuntamiento de Sant Llorenç notifique la fecha de reunión de la mesa.
Las obras deben llevarse a cabo en el inmueble descrito en el punto 11 del apartado “Antecedentes”. El presupuesto máximo para la redacción del proyecto, la dirección de obra y la ejecución de las obras es 276.479,10 €, desglosado así:
Redacción del proyecto........... 14.983,33 €
Dirección facultativa................ 15.833,53 €
Obras...................................... 245.662,23 €
El plazo para la redacción del proyecto es de un mes desde la concesión del contrato y el plazo para la ejecución de las obras es de ocho meses a contar desde el día siguiente a la fecha de comprobación del replanteo.
Dos técnicos —uno designado por el Ayuntamiento de Sant Llorenç y otro por la Subdirección de Infraestructuras y Servicios Generales del Servicio de Salud— deben encargarse del seguimiento de las obras.
2. La administración contratante es el Ayuntamiento de Sant Llorenç, que ha de adjudicar las obras previstas en el proyecto a la empresa adjudicataria. El Ayuntamiento debe solicitar el consentimiento del Servicio de Salud para determinar y aceptar —en su caso— modificaciones de obras, expedientes complementarios y análogos, además de la liquidación de trabajos, que debe canalizarse mediante los técnicos designados para el seguimiento.
Si la modificación del contrato implica un aumento del gasto, debe instrumentarse por medio de una addenda al convenio en la que hay que concretar la causa y el coste de la modificación, lo cual permitirá que el Ayuntamiento de Sant Llorenç tramite el expediente necesario con la adjudicataria. 3. El Ayuntamiento de Sant Llorenç ha de efectuar el pago de las obligaciones económicas derivadas de la contratación contra la presentación de los certificados de obras correspondientes, entregados por los técnicos directores de las obras. Dichos certificados han de tener el visto bueno del técnico designado por el Servicio de Salud para hacer el seguimiento.
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