Fijar para el año 2020 en la única zona de extracción de coral rojo de Mallorca
Prohibido extraer el coral rojo en Mallorca 2 vedas del 1 de enero hasta el 30 de abril y del 1 de noviembre hasta el 31 de diciembre de 2020
Baleares, denominada nord de Mallorca, dos periodos de veda para la extracción del coral rojo: el primero desde el 1 de enero hasta el 30 de abril y el segundo desde el 1 de noviembre hasta el 31 de diciembre.
AGENCIA MANACORNOTICIAS 11/01/2020 - 08:39:20
Resolución del Director General de Pesca y Medio Marino de 8 de enero de 2020 por la que se fija un período de veda para la extracción del coral rojo en las aguas interiores de las Islas Baleares.

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Resolución del Director General de Pesca y Medio Marino de 8 de enero de 2020 por la que se fija un período de veda para la extracción del coral rojo en las aguas interiores de las Islas Baleares.

El Decreto 21/2018, de 6 de abril, por el que se establecen los principios generales para la pesca de coral rojo en las aguas interiores de las Islas Baleares y se establece su ordenación, prevé que se fijará una veda para la pesca del coral, previo informe del Servicio de Recursos Marinos.

El 7 de enero de 2020 se emitió el informe técnico del Servicio de Recursos Marinos, en el que, considerando las estadísticas de extracción de coral rojo en las aguas interiores de las Islas Baleares y el número de autorizaciones de captura, se estima oportuno mantener los períodos de veda establecidos durante las últimas temporadas. Por este motivo, durante el 2020 se propone establecer los dos períodos de veda siguientes: el primero desde el 1 de enero al 30 de abril y el segundo desde el 1 de noviembre al 31 de diciembre.

Fundamentos de derecho. El artículo 5 del Decreto 21/2018, de 6 de abril, prevé que, sin perjuicio de la potestad reglamentaria de los consejos insulares, la Dirección General de Pesca y Medio Marino, con el informe técnico previo del Servicio de Recursos marinos, fijará el período de veda para la pesca de coral rojo mediante resolución. El Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la Presidenta de las Islas Baleares, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación, ejerce, entre otras, la competencia en materia de pesca.

Por todo ello, dicto la siguiente. Resolución. Fijar para el año 2020 en la única zona de extracción de coral rojo en aguas interiores de las Islas Baleares, denominada nord de Mallorca, dos periodos de veda para la extracción del coral rojo: el primero desde el 1 de enero hasta el 30 de abril y el segundo desde el 1 de noviembre hasta el 31 de diciembre.

¿Te ha parecido interesante la noticia?

 Sí  No
Reciente
Visto
Comentado